Aspirante que despertó las candidaturas independientes va al Congreso

El político Alberto Fiallo-Billini, quien abrió la vía para la confección de un proyecto de ley de candidaturas independientes, irá el próximo lunes a la Cámara de Diputados para debatir la iniciativa que regularía la participación de los aspirantes desligados de partidos en la contienda del 2028.

Fiallo-Billini fue quien depositó una instancia ante el Tribunal Constitucional decepcionado porque no se le permitió competir como candidato independiente en el 2024. Su recurso provocó que la alta corte emitiera una sentencia en diciembre de ese mismo año en la que ordena una nueva ley para los aspirantes independientes que, a su parecer, no deben tener los mismos requisitos que los partidos políticos para participar en los comicios.

Esta vez, el político independiente acudirá a una comisión especial de la Cámara de Diputados para estudiar con los congresistas las iniciativas que buscan regular las aspiraciones fuera de las organizaciones políticas y presentar las mismas motivaciones que mostró al Tribunal Constitucional.

Ese mismo día, la comisión de diputados, que lidera el legislador Elías Wessin Chávez, escuchará a representantes de la sociedad civil como Participación Ciudadana o la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), así como a los partidos políticos minoritarios.

El estudio y algunas propuestas

Antes de ese grupo, la comisión especial de diputados recibió una reformulación del proyecto de ley que originalmente depositó la Junta Central Electoral (JCE). Allí el presidente del órgano comicial, Román Jáquez Liranzo, propuso que las firmas que sustenten las candidaturas independientes sean solo el 2 % de los electores que votaron en los últimos comicios, y no el 2 % del padrón electoral general, como lo estipulaba la iniciativa cuando fue presentada.

Las candidaturas independientes

En sus primeros artículos, el proyecto de ley para regular las aspiraciones independientes establece que los candidatos deben postularse a través de una asociación cívica que operará únicamente durante el proceso electoral y que se disolverá luego de los comicios. Esa asociación debe cumplir con requisitos muy técnicos como la descripción de su objeto social, datos de los fundadores, un acta constitutiva, un Registro Nacional de Contribuyentes y una constancia de apertura de cuenta bancaria.

  • Además, las asociaciones cívicas, que serán las únicas facultadas para postular a candidatos independientes, estarán obligadas a llevar un registro financiero y presentar declaraciones fiscales periódicas ante la JCE.

Entre otros aspectos, el artículo 25 del proyecto limita las aspiraciones independientes al establecer que las asociaciones cívicas solo podrán presentar un máximo de tres candidaturas por cada nivel de elección (presidencial, municipal y congresual).

 

 

Fuente: Diario Libre

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