Buscan congelar la instalación de nuevas bancas por 10 años

Prohibir la apertura de nuevas bancas de lotería por un periodo de 10 años y, después de ese tiempo, que los puntos de ventas que se instalen estén a una distancia mínima de 500 metros de otros negocios similares, son aspectos de una propuesta introducida en el Senado sobre bancas de apuesta.

La iniciativa, autoría del senador Félix Bautista, representante de San Juan por la Fuerza del Pueblo, se debatirá en el Congreso a partir del 27 de febrero. Estipula que las bancas de apuestas deportivas paguen 500,000 pesos para operar, el mismo monto exigido a los casinos.

En su artículo 41, la pieza establece que el Estado no podrá autorizar la instalación de nuevos puntos de apuestas de lotería y deportivas a partir de su promulgación, si es aprobada en el Congreso. 

El mismo artículo dispone que, cuando pase el tiempo de 10 años sin instalar nuevas bancas, los puntos de ventas que se establezcan deberán estar a una distancia mínima de 500 metros de otros negocios similares.

La propuesta, que crea un nuevo marco de fiscalización, estipula en su artículo 49 un esquema de pagos obligatorios al Estado para poder operar legalmente. 

Bajo este régimen, dispone que las bancas de apuestas deportivas paguen el mismo monto exigido a los casinos, mientras que la comercialización de juegos a través de internet y telefonía alcanzaría un costo de 5,000,000 de pesos.

Además, la pieza propone la creación de la Dirección General de Juegos de Apuestas, un órgano regulador que estaría adscrito al Ministerio de Hacienda y Economía, pero con personalidad jurídica propia y autonomía funcional, presupuestaria y técnica.

De su lado, el artículo nueve ordena que la nueva entidad tendrá un alto poder de fiscalización y control que, entre otros aspectos, incluye la prohibición de venta de apuestas a menores de edad, además de prohibir la instalación de bancas cerca de iglesias y escuelas. 

 

Sus funciones principales incluirán:

  • Autorizar, fiscalizar y sancionar todas las actividades de juegos de azar (loterías, rifas, casinos, apuestas deportivas, galleras, hipódromos, etc.).
  • Perseguir el juego no autorizado, pudiendo requerir a proveedores de internet y servicios de pago el cese de servicios a operadores ilegales.
  • Controlar la importación de máquinas tragamonedas y sus repuestos.

Ludopatía y menores de edad

La institución podrá sancionar todas las actividades de juegos de azar: loterías, rifas, casinos, apuestas deportivas, galleras, hipódromos, etc.

Así lo establece el punto 19 del artículo ocho que, en esencia, ordena que los concesionarios y las bancas de apuestas deberán propiciar programas para evitar “la variedad de dependencias psicoemocionales” en los ciudadanos.

De su lado, el artículo nueve ordena que la nueva entidad tendrá un alto poder de fiscalización y control que, entre otros aspectos, incluye la prohibición de venta de apuestas a menores de edad, además de prohibir la instalación de bancas cerca de iglesias y escuelas.

Estructura impositiva por sectores

El nuevo proyecto de ley impone un impuesto único anual de 50,000 pesos a cada punto de venta de lotería. Organiza la carga tributaria en orden de impacto para los distintos actores del mercado. Los juegos tipo loto deberán pagar un 24 % de impuestos sobre sus ventas brutas y las loterías instantáneas un 5 %. 

El proyecto organiza la carga tributaria en orden de impacto para los distintos actores del mercado. Por ejemplo, los juegos tipo loto deberán pagar un 24 % de impuestos sobre sus ventas brutas y las loterías instantáneas, como rayaditos o fracatán, pagarán un 5 %.

El proyecto aplica una segmentación geográfica para las bancas deportivas y máquinas tragamonedas. Las bancas deportivas ubicadas en Santo Domingo, Santiago y otras grandes ciudades pagarán 261,715 pesos anuales, mientras que, en el resto del país, la tasa baja a 174,477 pesos.

Asimismo, se propone capturar el flujo de las apuestas no presenciales, por lo que los juegos por internet como los organizados vía telefónica estarán sujetos a un impuesto del 10 % mensual sobre sus ventas brutas, independientemente de dónde se encuentre el servidor o el operador.

Próximo a estudios

El proyecto de ley fue depositado originalmente en el 2024, pero perimió porque no se aprobó en el tiempo reglamentario. Por ello, el senador Bautista decidió reintroducir la propuesta que ahora será estudiada a partir del 27 de febrero, cuando inicia la nueva legislatura congresual.

Fuente: Diario Libre

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