El Senado de la República aprobó este martes en segunda lectura la modificación al artículo 4 de la Ley 4532, de hidrocarburos, para que empresas de capital extranjero exploten los yacimientos petroleros y sus derivados en la República Dominicana.
A partir de ahora, además de los dominicanos, “podrán concederse los mismos derechos a los extranjeros a través de personas jurídicas nacionales o extranjeras, de naturaleza privada, pública o mixta” señala el artículo 4. También indica que, en ambos casos, el contrato o concesión se regirá por la legislación de la República Dominicana en lo referente a los derechos otorgados.
El párrafo 1 fija como requisito que, si una empresa extranjera obtiene el derecho para explotar, deberá contar con accionistas dominicanos que ostenten una participación mínima de un 15 % de las acciones de esa entidad jurídica.
- La modificación también buscaba alinear la normativa con la Constitución de la República, la cual, en su artículo 221 establece igualdad de condiciones para la inversión nacional y extranjera, con las limitaciones establecidas en las leyes locales.
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Previamente, la Comisión de Asuntos Energéticos del Senado consultó con técnicos y especialistas en la materia y con la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), por lo que, a partir de sus observaciones, rindieron un informe favorable al Pleno.
Aprobada por los diputados y ahora pasa al Poder Ejecutivo
La pieza, validada por la mayoría de los votos, fue aprobada en diciembre del 2024 en la Cámara de Diputados, donde fue sometida por Eduviges María Bautista Gomera.
Pasaahora al Poder Ejecutivo para la promulgación por parte del presidente Luis Abinader.
Fuente: Diario Libre
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